Proponen registro de obligaciones alimentarias de ancianos en Michoacán

Ante el creciente abandono de personas adultas mayores en la entidad, la diputada Rocío Beamonte propone la creación de un Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias de Adultos Mayores.

El Registró estaría a cargo de la Procuraduría de la Defensa y Representación del Adulto Mayor, la cual tendrá facultades para establecer providencias precautorias que garanticen las mismas, de acuerdo con la iniciativa de ley que presenta este jueves ante el pleno de la 75 Legislatura.

La calidad de deudor moroso se difundirá en el Registro, el cual será público y los datos recabados en este registro podrán ser utilizados para fines estadísticos o de análisis que se consideren necesarios, y su actualización deberá realizarse de forma mensual.

Toda persona a quien, por su cargo, corresponda proporcionar informes sobre la capacidad económica de los deudores alimentarios, está obligada a suministrar los datos exactos que le solicite el Juez o la autoridad responsable; de no hacerlo, será sancionada y responderá solidariamente con los obligados directos, para el pago de daños y perjuicios que cause al acreedor alimentario por las omisiones o informes falsos.

El deudor alimentario deberá informar, en un máximo de 15 días hábiles, al acreedor alimentario y al Juez, cualquier cambio en su empleo, la ubicación de este y el puesto o cargo que desempeñará, a efecto de que se actualice la pensión alimenticia decretada.

La inscripción al Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias de Adultos Mayores deberá especificar cuando menos nombre, apellidos, Clave Única de Registro de Población y clave y homoclave del Registro Federal de Contribuyentes del deudor alimentario; órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, cuantía del cumplimiento de la obligación alimentaria y plazo de pago de los alimentos definitivos y datos del expediente o causa jurisdiccional de la cual deriva la inscripción El Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias de Adultos Mayores emitirá certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada.

Para efecto de lo anterior, se dispondrá de un sitio web en el cual se genere automáticamente el certificado de forma gratuita.

Las autoridades, en el ámbito de sus competencias, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Estatal de Obligaciones Alimentarias de Adultos Mayores.

Entre los trámites y procedimientos que requieren la expedición de ese certificado, se menciona la expedición de licencias y permisos para conducir; el registro como candidatos de elección popular; para ser designados jueces o magistrados; los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales y en las solicitudes de matrimonio.

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