Esta es la fecha límite para recibir tu aguinaldo en Michoacán

Durante la recta final del año, los empleadores tienen la obligación de entregar a sus trabajadores el pago del aguinaldo, el cual es un derecho contemplado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo; aquí te decimos la fecha límite para recibirlo en Michoacán.

Los patrones tienen una fecha límite para hacer la entrega y si ésta no sucede, los trabajadores pueden emprender acciones para que se respete y cumpla su derecho.

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir el aguinaldo, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.

Los únicos que no cobran aguinaldo son las personas contratadas por honorarios, salvo que exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón y obligatoriamente cubra un horario de trabajo.

El aguinaldo debe cubrirse antes del 20 de diciembre de cada año. El monto mínimo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, a la parte proporcional.

En caso de que esta prestación no se pague a tiempo, el trabajador tiene un año a partir del 20 de diciembre para reclamar el pago.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.

En la República Mexicana brindamos nuestros servicios gratuitos al interior de las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, consulta su ubicación aquí: bit.ly/OFICINASPROFEDET

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